Gestión de Administración y Control del Riesgo de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM) y otros ilícitos en Mercantil Servicios Financieros, C.A.
Marco Legal que regula la materia en Venezuela
En Mercantil Servicios Financieros, C.A., la Administración y Control del Riesgo de LC/FT/FPADM y otros ilícitos, representa un aspecto de atención importante, como “Sujeto Obligado” de las Leyes siguientes:
- Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDO/FT), publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.912 en fecha 30/04/12.
- Ley Orgánica de Drogas, publicado en la Gaceta Oficial Nro. 6.211 E. de fecha 30/12/15.
- Decreto Ley de Mercado de Valores, publicado en la Gaceta Oficial Nro. 6.211 E. de fecha 30/12/15.
También forman parte del marco regulatorio que rige la materia: La Providencia Nro. 209 de fecha 10/12/20, mediante la cual se dictan las “Normas Relativas a la Administración y Fiscalización de los Riesgos relacionados con los Delitos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo, Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y otros ilícitos, aplicables a los sujetos regulados por la Superintendencia Nacional de Valores” (SUNAVAL), publicada en la Gaceta Oficial Nro. 42.115 del 28/04/21; Resolución Conjunta Nro. 122 dictada por los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y del Poder Popular de Planificación y Finanzas en fecha 15/06/12, que contempla las “Normas y Procedimientos Administrativos que deben adoptar los Sujetos Obligados, orientadas a identificar y aplicar medidas apropiadas para el Bloqueo Preventivo de Fondos u Otros Activos, según las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas”, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.945 de la misma fecha; Resolución Nro. 158 dictada por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia en fecha 13/08/12, que contempla la Normativa mediante la cual se regula el Proceso de Instrumentación y Aplicación de la Resolución Nro. 1373 aprobada por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), sobre el Enlistamiento y Desenlistamiento de Personas que cometan o intenten cometer Actos de Terrorismo y su Financiación, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.986 en fecha 15/08/12; Circular Nro. DSNV/CJ16302012 emanada por la SUNAVAL en fecha 24/08/12, que contempla las Normas para la Aplicación de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), para el Bloqueo Preventivo de Bienes u Otros Activos relacionados con el Terrorismo.
Mercantil Servicios Financieros, C.A. cuenta con una estructura eficiente para Administrar y Controlar de forma integral el Riesgo de LC/FT/FPADM y otros ilícitos.
Para cumplir el marco legal enunciado y mitigar los distintos riesgos asociados a la LC/FT/FPADM Mercantil Servicios Financieros, C.A. lleva un proceso permanente de administración de tales riesgos a través de la formulación, adopción, implementación y desarrollo de un “Sistema Integral de Administración de Riesgos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva” o (SIAR LC/FT/FPADM), que comprende las políticas, programas, manuales, normas, procedimientos, estructuras, planes, estrategias, sistemas de gestión de riesgos y medidas apropiadas, suficientes y eficaces, orientadas a identificar, medir, evaluar, monitorear y aplicar correctivos para reducir la posibilidad de que en la realización de cualquier operación en el Mercado de Valores, Mercantil Servicios Financieros, C.A., sea utilizado como medio para ocultar el origen, propósito y destino de capitales ilícitos, o para desviar fondos de cualquier naturaleza hacia el financiamiento de grupos o actividades terroristas y la proliferación de armas de destrucción masiva.
El SIARLC/FT/FPADM, conlleva un compromiso de la Junta Directiva, la Alta Gerencia y de todos los empleados, y permite la aplicación de medidas apropiadas, suficientes y eficaces a través de políticas, normas y procedimientos que contribuyen a la prevención, control y detección de cualquier intento de legitimar capitales, financiar el terrorismo, así como también financiar la investigación, desarrollo y proliferación de armas de destrucción masiva.
La estructura del SIAR LC/FT/FPADM está conformada por la Junta Directiva, el Presidente de Mercantil Servicios Financieros, C.A., el Presidente Ejecutivo, el Oficial de Cumplimiento de AR/LC/FT/FPADM, la Unidad de AR/LC/FT/FPADM, los empleados designados como Responsables de Cumplimiento en las áreas identificadas como sensibles a los riesgos de LC/FT/FPADM y Responsables de Primera Línea de Contacto.
Así mismo, como parte de las medidas implementadas en la materia Mercantil Servicios Financieros, C.A., ha diseñado y establecido el Manual de Políticas, Normas y Procedimientos para la Administración del Riesgo de LC/FT/FPADM, el Plan Operativo Anual de AR/LC/FT/FPADM y el Programa Anual de Formación y Capacitación de AR/LC/FT/FPADM, como parte de los instrumentos para prevenir el riesgo derivado de los delitos de LC/FT/FPADM y otros ilícitos asociados a los mismos, que son ejecutados a cabalidad. Los instrumentos señalados son revisados y actualizados de forma periódica a fin de adecuarlos a los cambios normativos, a la evolución de las mejores prácticas internacionales u otros factores de riesgo y las normativas que regulan la materia.
¿Qué es la Legitimación de Capitales y cómo está sancionada en la Ley?
Se define a la Legitimación de Capitales como el proceso de esconder o dar apariencia de legalidad a capitales, bienes y haberes provenientes de actividades ilícitas (Art. 4.15 de la LOCDO/FT).
La Ley sanciona severamente (prisión entre 10 y 15 años, multa por el valor del incremento patrimonial obtenido ilícitamente y decomiso de los bienes o haberes objeto del delito), a quien por sí o por interpuesta persona sea propietario o poseedor de capitales, bienes, fondos, haberes o beneficios, a sabiendas de que provienen directa o indirectamente de una actividad ilícita. La misma pena aplica a quien por sí o por interpuesta persona: 1. Convierta, transfiera o traslade por cualquier medio bienes, capitales, haberes, beneficios o excedentes con el objeto de ocultar o encubrir el origen ilícito de los mismos o de ayudar a cualquier persona que participe en la comisión de tales delitos a eludir sus consecuencias jurídicas; 2. Oculte, encubra o simule la naturaleza, origen, ubicación, disposición, destino, movimiento o propiedad de bienes o del legítimo derecho de éstos; 3. Adquiera, posea o utilice bienes producto de algún delito; y 4. Resguarde, invierta, transforme, custodie o administre bienes o capitales provenientes de actividades ilícitas (Art. 35 de la LOCDO/FT).
Perjuicios de la Legitimación de Capitales para la Sociedad
La Legitimación de Capitales es un fenómeno de dimensiones internacionales que interfiere con el desarrollo de los países y genera consecuencias negativas que afectan a los diferentes sectores de la sociedad, principalmente en los aspectos sociales, políticos y económicos de las naciones, por cuanto debilita la escala de valores de cualquier sociedad, genera corrupción, favorece la existencia de condiciones desiguales en la competencia ante quienes honradamente desarrollan una actividad económica, deteriora la imagen internacional de los países, desestabiliza sus economías, e incide negativamente en la reputación de las instituciones afectadas, exponiéndolas tanto a ellas como a sus representantes, administradores y empleados a sanciones administrativas y penales. Debido a ello, surgió la necesidad de generar soluciones a través de políticas de Estado y el apoyo internacional sobre las medidas que contribuyan en los esfuerzos contra la Legitimación de Capitales.
¿Qué es la Delincuencia Organizada?
La Delincuencia Organizada se define como la acción u omisión de 3 ó más personas asociadas por cierto tiempo con la intención de cometer los delitos establecidos en la LOCDO/FT y obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico o de cualquier índole para sí o para terceros. Igualmente, se considera Delincuencia Organizada la actividad realizada por una sola persona actuando como órgano de una persona jurídica o asociativa, con la intención de cometer los delitos previstos en la Ley (Art. 4.9 de la LOCDO/FT).
La Ley sanciona con prisión entre 6 y 10 años a quien forme parte de un grupo de Delincuencia Organizada por el solo hecho de la asociación (Art. 37 de la LOCDO/FT).
¿Qué es el Terrorismo?
Es aquel acto intencionado que por su naturaleza o su contexto, pueda perjudicar gravemente a un país o a una organización internacional tipificado como delito según el ordenamiento jurídico venezolano, cometido con el fin de intimidar gravemente a una población; obligar indebidamente a los gobiernos o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo; o desestabilizar gravemente o destruir las estructuras políticas fundamentales, constitucionales, económicas o sociales de un país o de una organización internacional (Art. 4.1 de la LOCDO/FT).
La Ley sanciona con mucha severidad (prisión entre 25 y 30 años) al terrorista individual o a quienes asociados mediante una organización terrorista, realicen o traten de realizar uno o varios actos terroristas (Art. 52 de la LOCDO/FT).
¿Qué es el Financiamiento al Terrorismo?
El Financiamiento al Terrorismo es la acción de proporcionar, facilitar, resguardar, administrar, colectar o recabar fondos por cualquier medio, directa o indirectamente, con el propósito de que éstos sean utilizados en su totalidad o en parte por un terrorista individual o por una organización terrorista, o para cometer uno o varios actos terroristas, aunque los fondos no hayan sido efectivamente utilizados o no se haya consumado el acto o los actos terroristas. La pena se aplicará independientemente de que los fondos sean utilizados por un terrorista individual o por una organización terrorista que opere en territorio extranjero o con independencia del país donde efectúe el acto terrorista, y la sanción prevista en la Ley para dicho delito es prisión entre 15 y 25 años (Art. 53 de la LOCDO/FT).
¿Qué es el Delito de Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva?
El Delito de Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y Otros Ilícitos es la acción de proveer recursos para el desarrollo de actividades vinculadas al Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (Art. .4.11 de la Providencia Nro.209 de fecha 10/12/20).
¿Qué es el Beneficiario Final?
Se refiere a las personas naturales en cuyo nombre o beneficio se realiza una transacción, incluyendo a las que ejercen el control final sobre una persona jurídica, fideicomisos y otras estructuras jurídicas (Art. 4.4 de la Providencia Nro.209 de fecha 10/12/20).
Mercantil Servicios Financieros, C.A., por su condición de Sujeto Obligado de la Providencia. Nro. 209 de la SUNAVAL y la LOCDO/FT, diseñó, estableció y aplica continuamente la Política Conozca su Inversor y la Debida Diligencia sobre los Inversores (DDI), al iniciar relaciones comerciales y actualizar datos de personas naturales y jurídicas, que permitan identificar el Beneficiario Final de las transacciones realizadas por el inversor, así como a la persona natural que en última instancia posee o controla la persona jurídica.
Política Conozca su Inversor:
Mercantil Servicios Financieros, C.A., se esfuerza en proteger los intereses de sus inversores, a su vez salvaguarda su reputación como empresa que opera en el mercado de valores, en cumplimiento de la normativa legal existente en Venezuela en materia de Administración y Control del Riesgo de LC/FT/FPADM, con la aplicación de la Política Conozca su Inversor para la adecuada comprensión al momento de establecer la relación comercial con el Inversor, identificar plenamente al solicitante, verificar su identidad, datos aportados y determinar la actividad económica específica que genera los fondos a movilizar y sus líneas de negocios, así como el Perfil Financiero y Transaccional del inversor.
Política Debida Diligencia sobre el Inversor (DDI):
Dada la importancia del conocimiento del inversor, por medio de la política “Debida Diligencia Sobre el Inversor”, se busca obtener en forma oportuna, veraz, transparente y completa, así como mantenerla actualizada en el tiempo, toda la información que corresponde aportar a las personas naturales y jurídicas para establecer, actualizar y mantener la condición de inversor. Así mismo, de acuerdo con la sensibilidad y el nivel de riesgo que se tenga cada inversor, Mercantil Servicios Financieros, C.A., realiza un seguimiento a las operaciones que se llevan a cabo en la institución.
Registros de los Inversores
Mercantil Servicios Financieros, C.A., establece registros individuales de cada uno de sus inversores y accionistas mediante la “Ficha de Identificación del Inversionista”, y demás formularios diseñados a objeto de registrar y mantener actualizada la información, determinar fehacientemente su identificación, mientras dure su vinculación comercial con la institución, de igual forma identifica y verifica la información de los terceros intervinientes, miembros de la Junta Directiva, Accionistas y Beneficiarios Finales de las Personas Jurídicas.
Política Conozca su Accionista
Mercantil Servicios Financieros, C.A, se esfuerza en adoptar seguras relaciones con sus accionista cuando se deriven cambios o actualizaciones en la composición accionaria o en la información inicialmente suministrada por los mismos, y a su vez salvaguarda su reputación como institución, en cumplimiento de la normativa legal existente en Venezuela en materia de Administración y Control del Riesgo de LC/FT/FPADM, con la aplicación de la Política Conozca su Accionista para la adecuada comprensión al momento de establecer la relación con el accionista, actualizar la información e identificar plenamente a sus accionistas, gestionar la declaración y aceptación del accionista respecto al deber de observar el cumplimiento de las leyes, convenios, pactos y tratados internacionales en materia de administración, prevención y represión de los delitos de LC/FT/FPADM, la lucha contra la corrupción, verificar su identidad y datos aportados, extendiéndose hasta los apoderados, directores y representantes legales cuando aplique, los accionistas realizarán la declaración jurada de origen y destino de los fondos que conforman el capital aportado, contribuyendo a determinar el origen de los fondos del capital, y verificar el cumplimiento de las normas de buen gobierno corporativo así como la actualización de toda la información que le corresponda suministrar.
Para descargar el Modelo de Declaración y Aceptación conozca su Accionista, (Haga clic aquí).
Política Debida Diligencia sobre el Accionista (DDA):
Por medio de la política “Debida Diligencia Sobre el Accionista”, busca obtener y registrar en forma oportuna, veraz, transparente, completa, y actualizada anualmente, toda la información que corresponde aportar a las personas naturales y jurídicas para establecer y mantener la condición de accionista. Así mismo, de acuerdo con la sensibilidad y el nivel de riesgo que se tenga de cada accionista, Mercantil Servicios Financieros, C.A, realiza una verificación y actualización de los datos de los accionistas, así como de la declaración jurada del origen y destino de los fondos que conforman el capital de los accionistas.
Registros e Identificación de los Accionista:
Mercantil Servicios Financieros, C.A, establece registros individuales de cada uno de sus accionistas aplicando un enfoque basado en riesgo, para recabar, registrar y mantener actualizada la información, determinar fehacientemente su identificación y verificación, desde el momento de ingreso del accionista.
Política Conozca su Proveedor:
Mercantil Servicios Financieros, C.A, adopta seguras relaciones comerciales, financieras y de negocios con sus proveedores y a su vez salvaguarda su reputación como institución, en cumplimiento de la normativa legal existente en Venezuela en materia de Administración y Control del Riesgo de LC/FT/FPADM, con la aplicación de la Política Conozca su Proveedor para la adecuada comprensión al momento de establecer la relación comercial con el Proveedor, identificar plenamente al prestador de servicios, verificar su identidad y datos aportados, determinar la actividad económica específica y sus beneficiarios finales, así el Perfil Financiero del proveedor.
Política Debida Diligencia sobre el Proveedor (DDP):
Mediante la política “Debida Diligencia Sobre el Proveedor”, se busca obtener y registrar en forma oportuna, veraz, transparente, completa, y actualizada anualmente, toda la información que corresponde aportar a las personas naturales y jurídicas para establecer y mantener la condición de proveedor. Así mismo, de acuerdo con la sensibilidad y el nivel de riesgo que se tenga de cada proveedor, Mercantil Servicios Financieros, C.A, realiza una verificación y seguimiento a las operaciones que se llevan a cabo con los proveedores y la consulta en el documento constitutivo y las fuentes públicas disponibles de la información relativa al proveedor tales como: actividad económica que realiza, principales clientes, identificación de los miembros de la junta directiva cuando se trate de personas jurídicas, permisos y certificaciones exigidas por el ordenamiento jurídico para su funcionamiento, etc.
Registros e Identificación de los Proveedores:
Mercantil Servicios Financieros, C.A, establece registros individuales, revisiones y actualizaciones anuales de cada uno de sus proveedores aplicando un enfoque basado en riesgo, para recabar, registrar y mantener actualizada la información, determinar fehacientemente su identificación y verificación, mientras dure la vinculación comercial con el proveedor. Para la identificación del proveedor Mercantil Utiliza las mismas reglas aplicadas al inversor en cuanto le sean aplicables.
Información que deben aportar las personas naturales, personas jurídicas, asociaciones cooperativas, Organizaciones sin Fines de Lucro (OSFL) y Fideicomisos al momento de vincularse o actualizar datos en Mercantil Servicios Financieros, C.A.:
Personas Naturales
- Documento de Identidad (cédula de identidad legible vigente para venezolanos, extranjeros residentes y transeúntes en el país, y pasaporte vigente para extranjeros no residentes en el país), nombres y apellidos.
- Lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad y estado civil.
- Otra nacionalidad (informar si posee más de una nacionalidad).
- Nombre completo, número de documento de identificación del cónyuge y fuente de ingresos (en caso de que aplique).
- Profesión u oficio, categoría ocupacional o laboral.
- Dirección y teléfono de domicilio y de la empresa donde trabaja.
- Dirección de correo electrónico.
- Indicar si tiene la condición de Persona Expuesta Políticamente (PEP), nacional o extranjero, nombre del ente adscripción, cargo que desempeña y país.
- Referencia Bancaria; suministrar nombre de la institución bancaria, nombre y número del producto y cifras promedio.
- Referencia Personal señalar nombres y apellidos, documento de identidad y número de teléfono local y móvil.
- Actividad económica del inversionista, categoría especial si aplica.
- Fuente de ingresos del inversionista, relación de dependencia, negocio propio, otras fuentes de ingreso.
- Datos de lugar trabajo actual, nombre de la empresa, remuneración y cargo que ocupa.
- En caso de negocio propio indicar nombre o razón social, los datos de los principales proveedores y clientes.
- Otros ingresos, la actividad generadora de los ingresos, ingresos mensuales.
- Información del producto o servicio bursátil en Mercantil Servicios Financieros, C.A., nombre del producto, nro. promedio de transacciones mensuales, enviar o recibir fondos del exterior.
- Cuentas u otros productos que posea en Mercantil Servicios Financieros, C.A.
- Motivos por los cuales solicita los servicios, origen de los fondos y destino de los fondos.
- Declaración jurada de Origen y Destino de los Fondos, cada vez que realice una operación.
- Declaración Jurada que los datos suministrados son verdaderos y autoriza a Mercantil Servicios Financieros, C.A. a verificar dicha información y que los fondos utilizados tienen origen y destino lícitos, según lo previsto y sancionado en el ordenamiento jurídico vigente en la República Bolivariana de Venezuela.
- Firma y huella dactilar.
Para conocer los recaudos al momento de vincularse o actualizar datos en Mercantil Servicios Financieros, C.A., (Haga clic aquí)
Personas Jurídicas
- Número de Registro de Información Fiscal (RIF) vigente, razón social y nombre comercial de la empresa.
- Dirección y número de teléfono de la empresa.
- Datos del Documento constitutivo y las modificaciones estatutarias tales como: registro, número, tomo, folio, fecha de constitución, capital social y fecha de su última modificación.
- Información detallada de los accionistas y miembros de la Junta Directiva actual, documento de identidad, detallando porcentaje de composición accionaria, cargo que ocupan y Beneficiario Final.
- Referencia Bancaria; suministrar nombre de la institución bancaria, nombre, número del producto y cifras promedio.
- Actividad económica de la empresa, categoría especial si aplica y datos del registro Constitutivo.
- Dirección de correo electrónico y sitio web de la empresa.
- Apellidos y nombres, documento de identidad y cargo de los Representantes Legales de la Empresa.
- Indicar si alguna de las personas naturales Accionistas, Junta Directiva, Beneficiario Final de la empresa o cualquiera de los Representantes Legales de la misma tiene la condición de Persona Expuesta Políticamente (PEP), nacional o extranjera, nombre del ente de adscripción, cargo que desempeña y país.
- Número de subsidiarias/oficinas, país con mayor presencia, número de empleados, ventas mensuales, ingresos mensuales, egresos mensuales y monto de impuesto declarado en la última Declaración de Impuesto Sobre la Renta.
- Principales proveedores y principales clientes.
- Empresas relacionadas y actividad económica que realizan.
- Información del producto o servicio bursátil en Mercantil Servicios Financieros, C.A, nombre del producto, nro. promedio de transacciones mensuales, enviar o recibir fondos del exterior.
- Cuentas u otros productos que posea en Mercantil Servicios Financieros, C.A.
- Motivos por los cuales solicita los servicios, origen de los fondos y destino de los fondos.
- Declaración jurada de Origen y Destino de los Fondos, cada vez que realice una operación.
- Declaración Jurada que los datos suministrados son verdaderos y autoriza a Mercantil Servicios Financieros, C.A. a verificar dicha información y que los fondos utilizados tienen origen y destino lícitos, según lo previsto y sancionado en el ordenamiento jurídico vigente en la República Bolivariana de Venezuela.
- Firma y huella dactilar de las personas naturales con firma autorizada en la empresa.
- Información del producto o servicio bursátil en Mercantil Servicios Financieros.
Para conocer los recaudos al momento de vincularse o actualizar datos en Mercantil Servicios Financieros, C.A. como persona jurídica (Haga clic aquí)
De la Negativa de Prestar el Servicio
Igualmente, Mercantil Servicios Financieros, C.A. podrá negar el servicio o producto solicitado cuando se detecte o exista sospecha de falsedad, contradicción o incongruencias en la información aportada durante la entrevista o en el proceso de actualización de datos, o cuando exista riesgo de que se puedan cometer los delitos de LC/FT/FPADM y Otros Ilícitos.
Igualmente se podrá negar la prestación del servicio solicitado, cuando exista indicio o presunción de que la operación de que se trate pudiese estar relacionada con los delitos de LC/FT/FPADM y Otros Ilícitos.
Personas Expuestas Políticamente (PEP`S), Nacionales y Extranjeros
Persona Expuesta Políticamente (PEP): Es una persona natural que es o fue figura política de alto nivel, de confianza o afines, o sus familiares más cercanos o su círculo de colaboradores inmediatos, por ocupar cargos como funcionario importante de un órgano ejecutivo, legislativo, judicial o militar de un gobierno nacional o extranjero, elegido o no, un miembro de alto nivel de un partido político nacional o extranjero o un ejecutivo de alto nivel de una corporación, que sea propiedad de un gobierno extranjero. En el concepto de familiares cercanos se incluye a los padres, hermanos, cónyuges, hijos o parientes políticos de la persona expuesta políticamente. También se incluye en esta categoría a cualquier persona jurídica que como corporación, negocio u otra entidad que haya sido creada por dicho funcionario o funcionaria en su beneficio. (Art. 4.29 de la LOCDO/FT).
Mercantil Servicios Financieros, C.A. por su condición de Sujeto Obligado de la Providencia. Nro. 209 de la SUNAVAL y la LOCDO/FT, diseñó, estableció y aplica continuamente procedimientos de Debida Diligencia Intensificada al constituir o mantener relaciones comerciales con personas naturales que estén calificadas como PEP, así como con aquellos inversores, accionistas y proveedores, que por circunstancias sobrevenidas adquieran la condición de PEP. En tal sentido, se establecen procedimientos para la aprobación del inicio o de la continuidad de la relación comercial con una PEP y la actualización de la documentación de los mismos.
Igualmente se tienen dispuestas medidas de prevención, control y mitigación del riesgo de LC/FT/FPADM que pudiera derivarse de operaciones realizadas por los Inversores que tengan la condición de PEP, sus familiares o círculo de asociados o colaboradores, por lo que además de identificarse y verificarse, la aprobación del inicio o continuidad de la relación comercial se somete a la consideración de empleados con el nivel gerencial requerido designados a tales propósitos por la Junta Directiva, llevando a cabo también, siempre con un enfoque basado en riesgo, el seguimiento de sus operaciones y la determinación del origen y destino de los fondos utilizados para realizarlas, de manera de identificar oportunamente operaciones inusuales o sospechosas o no acordes con su Perfil Financiero y Perfil Transaccional, entre otros aspectos. Se sugiere evaluar la incorporación del presente párrafo.
Obligaciones de Mercantil Servicios Financieros, C.A. conforme a las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU)
Las Resoluciones Nros. 1267 y 1373 de fechas 15/10/99 y 28/09/01, respectivamente, emitidas para evitar que en cualquier operación se intenten utilizar recursos o fondos de origen lícito o ilícito en la comisión de Actos Terroristas y su Financiamiento, así como de las Resoluciones Nros. 122 y 158 de los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y del Poder Popular de Planificación y Finanzas, de fechas 15/06/12 y 13/08/12, y la Circular de la SUNAVAL Nro. DSNV/CJ 1630/2012, de fecha 24/08/12, que regulan la instrumentación y aplicación por parte de los Sujetos Obligados de las señaladas Resoluciones de la ONU.
Mercantil Servicios Financieros, C.A. “Sujeto Obligado” de dicha normativa, está en la obligación de efectuar la revisión de la lista elaborada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU), por la Superintendencia Nacional de Valores (SUNAVAL) y la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (ONCDOFT), que contempla las personas naturales o jurídicas presuntamente calificadas como terroristas o que pudieran financiar actividades de esa naturaleza.
Si se llegare a determinar alguna coincidencia fonética o de escritura con los nombres y apellidos, así como también con los números de identificación (cédula de identidad o pasaporte), fecha de nacimiento o algún otro dato de interés, se realizará inmediatamente un bloqueo preventivo de los fondos, instrumentos financieros u otros activos del cliente que corresponda.
Dicha medida se notificará con la misma celeridad a la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF), a fin de que ésta efectúe la revisión intensiva del caso y ratifique el bloqueo preventivo de haber lugar a ello.
Cuando la SUNAVAL reciba el dictamen de los órganos competentes respecto a la ratificación o no de la medida de bloqueo preventivo de fondos o activos, informará oportunamente a Mercantil Servicios Financieros, C.A. sobre la vigencia o no de la citada medida. En todo caso, la oficina nacional con competencia en materia contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo notificará oportunamente a la persona sobre el acto administrativo.
¿Cómo los inversores y accionistas pueden evitar ser sorprendidos en su buena fe y utilizados por terceros en operaciones que puedan vincularse con la LC/FT/FPADM, así como prevenir fraudes y estafas?
- Impidiendo que terceras personas los utilicen para realizar inversiones que le son exclusivas a ellas, o efectúen inversiones con fondos cuya procedencia u origen se desconoce, y en el caso de que ello eventualmente ocurra, notificándolo inmediatamente a Mercantil Servicios Financieros, C.A.
- Manteniendo a buen resguardo su documento de identidad, de manera que terceras personas no estén en posibilidad de usurpar su identidad.
- Presentando la información y documentación exigida durante el proceso de vinculación con Mercantil Servicios Financieros, C.A.
- Actualizando oportunamente sus datos cuando sea solicitado por el Mercantil Servicios Financieros, C.A. o al ocurrir algún cambio en la información aportada.